27. 09. 19

 

¿Qué es una Exención de Uso Terapéutico (AUT)?

    • Algunos atletas pueden tener enfermedades o afecciones que requieran del uso de medicamentos o la realización de procedimientos. Si el medicamento o método que un deportista requiere utilizar para tratar una enfermedad o afección está prohibido según la Lista de Prohibiciones de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), puede concedérsele al deportista una AUT que lo autorice a usar esa sustancia o método mientras compite sin invocar una Infracción de las normas antidopaje (INAD) y la sanción aplicable. Las solicitudes de AUT son evaluadas por un panel de médicos, el Comité de AUT (CAUT).
    • Las AUT de CONAD-CR solo son válidas para competiciones de nivel nacional y pruebas fuera de competición

¿Cuáles son los criterios para otorgar una AUT?

    • El deportista tiene una condición médica claramente diagnosticada que requiere tratamiento con una sustancia o método prohibido.
    • El uso terapéutico de la sustancia no producirá, en el balance de las probabilidades, una mejora significativa del rendimiento del deportista más allá del rendimiento en su estado normal de salud.
    • La sustancia o método prohibido es un tratamiento indicado para la afección médica y no existe una alternativa terapéutica permitida razonable.
    • La necesidad de utilizar esta sustancia o método no es consecuencia del uso anterior (sin una AUT) de una sustancia o método cuyo uso estaba prohibido en ese momento.

¿Quién debe solicitar una AUT? ¿Dónde y cuándo presentar la solicitud?

Los deportistas que están sujetos a las reglas antidopaje necesitarán una AUT para tomar una sustancia prohibida o usar un método prohibido. Debes verificar con la CONAD-CR para saber ante quién debes presentar la solicitud y si puedes presentarla de manera retroactiva.

Primero, verifica si el medicamento que debes tomar o el método que requieres usar están prohibidos según la Lista de Prohibiciones de la AMA vigente.

Tienes la responsabilidad de informar a tu(s) médico(s) que eres un Deportista sujeto a las normas antidopaje. Tanto tú como tu(s) médico(s) deben verificar si la sustancia/método que te recetaron figura en la Lista de Prohibiciones. Si la sustancia/método está prohibida, se deben analizar las alternativas no prohibidas; si no las hay, solicita una AUT. Recuerda que la responsabilidad final recae en los Deportistas. 

Luego, comunícate con la CONAD-CR para determinar tu nivel de competición y los requisitos para la solicitud de una AUT.

Las AUT concedidas por la CONAD-CR  son válidas solamente a nivel nacional. Si eres o llegas a ser un Deportista de Nivel Internacional, o participas de las competiciones mayores, esa AUT no será válida a menos que sea reconocida por la Federación Internacional (FI) correspondiente o la Organización Responsable de Grandes Eventos (MEO por sus siglas en Inglés).

Es tu responsabilidad comprobar si la AUT emitida por la CONAD-CR es reconocida automáticamente por la FI o MEO.

La CONAD-CR puede ayudarte en la determinación de tu nivel y con los requisitos de aplicación para una AUT, y de ser necesario, a presentar la AUT a una FI o a la MEO para su reconocimiento. Para más información contacta a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Deportista de Nivel Nacional

Si eres deportista de nivel nacional debes presentar una solicitud a la CONAD-CR por adelantado, tan pronto como surja la necesidad, a menos que existan circunstancias excepcionales o de emergencia.

Para las sustancias prohibidas únicamente en competición, debes solicitar una AUT al menos 30 días antes de tu próxima competencia.